- El Cambio
- Los Nuevos instrumentos de pago
- ¿Cual elijo ?
- ¿ En que va a afectar a mi empresa ?
- Olvídese del CCC y empiece a pensar en IBAN y BIC
- Volviendo a resumir
- ¿ Que tengo que hacer ?
- Enlaces de interés.
Resumiendo: Los adeudos que hasta ahora se utilizaban del Consejo Superior Bancario (CSB) o Asociación Española de Banca (AEB) – es decir los ficheros generados en formato del cuaderno 19 (Remesas al cobro) y 58 (Remesas al descuento) y otro como el 32 (Remesas a entidades), y los recibos en papel, dejan de poder utilizarse a partir de Febrero de 2014.
A partir de entonces, se deben utilizar los nuevos formatos (19.14 y 19.44 ) definidos en el sistema SEPA (del inglés Single Euro Payment Area – Zona Unica de Pagos en Euros-), además serán válidos para 33 países europeos – comprende la Unión Europea más Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza y Mónaco-.
LOS NUEVOS INSTRUMENTOS DE PAGO. (Los nuevos ficheros)
Son dos:
- Esquema básico CORE. Comprende los adeudos directos realizados en la zona SEPA, tanto entre empresas como particulares. Plazos de devolución: hasta 8 semanas, a solicitud del cliente dedudor por cualquier motivo y hasta 13 meses para pagos no autorizados.
- Esquema empresarial B2B. Comprende los adeudos directos entre empresas dentro de la zona SEPA. Plazos de devolución: SOLO 2 DIAS.
Seguramente tendrá (podrá) que utilizar los dos.
- BASICO (Core).- Si va a girar a personas físicas y empresas o autónomos y quiere mantener las ORDENES DE DOMICILIACION que ahora tiene (58 dias de plazo de devolución.)
- EMPRESARIAL (B2B).- Si va a girar sólo a empresas o autónomos. Si prefiere reducir el plazo de devolución a solo 2 días, elija B2B, (en este caso, HAY QUE CONSEGUIR NUEVAS ORDENES DE DOMICILIACION, que ahora se llaman MANDATOS y que tienen un formato predefinido.
3.- A QUE VA A AFECTAR EN MI EMPRESA.
De forma segura :
- A los sistemas informáticos empleados, es decir a su programa de gestión que tiene que poder generar los nuevos ficheros y poder registrar las ORDENDES DE DOMICILIACION (mandatos) que ahora adquieren especial importancia.
- Procesos de Facturación y pagos.
- Información de seguimiento de clientes y/o proveedores.
- Control de riesgo comercial (impagados)
- Gestión de nóminas.
- Cualesquiera otros procesos que tengan que ver con sus pagos o cobros en España y en la zona SEPA
4.-OLVÍDESE DEL CCC (los 20 digitos de la cuenta contable) Y EMPIECE A PENSAR EN IBAN y BIC
- IBAN.- Es muy importante tener en cuenta que el CCC se sustituye por el IBAN como identificador de la cuenta en toda la zona SEPA, incluyendo España. El nombre del beneficiario pasa a ser un dato puramente informativo, ya que tanto para transferencias como para adeudos se utilizará el IBAN indicado en la operación. El identificador único de cuenta para las operaciones de pago en SEPA es el código IBAN (International Bank Account Number).A su vez el código BIC (Business Identifier Code) identifica la entidad donde se encuentra la cuenta.
- BIC .-El código de identificación bancaria (BIC en su acrónimo en inglés) es el estándar internacional utilizado para identificar a las entidades que operan en el sector financiero. El Organismo Internacional de Estandarización (ISO, en su acrónimo en inglés) ha designado a SWIFT como la entidad responsable de asignar y registrar los BICs.
Es decir, tendrá que obtener los IBAN y BIC de sus clientes para poder hacer remesas, por ejemplo; y a su vez tendrá que facilitar su IBAN y BIC a sus proveedores para que le puedan girar. Consulte con su banco.
- La cuenta del deudor se identifica exclusivamente mediante el código IBAN. El identificador del banco del deudor será el BIC (Bank Internacional Code).
- Es imprescindible disponer de una orden de domiciliación para cada uno de sus clientes deudores.
- Si se acoge al esquema básico (Core), las órdenes que tiene conservan enteramente su validez.
- Si prefiere el esquema empresarial (BSB), necesitará nuevas órdenes de domiciliación o mandatos.
- El esquema básico CORE precisa el formato de fichero N-19.14.
- El esquema empresarial B2B utiliza el formato N-19.44.
- Póngase en contacto con la empresa de su programa informático para actualizarlo.
- En sus clientes: decida a cuales les va a aplicar el sistema básico y a cuales el empresarial.
- Para los clientes a los que les vaya a aplicar el empresarial, debe obtener una nueva domiciliación (mandato).
- Para los clientes a los que les vaya a aplicar el básico, verificar que se tienen las órdenes de domiciliación y obtener las que falten.
- Su aplicación tiene que sustituir los ficheros norma 19 o 58 por los correspondientes 19.14 o 19.44 SEPA.